Rectificación del criterio sobre la aplicación del IVA en productos como el pan y la leche por parte del servicio de rentas internas (SRI)

El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante CIRCULAR NRO. NAC-DGECCGC26-00000005, de fecha 02 de abril del 2026, modifica el criterio sobre la aplicación del IVA en productos como el PAN y la LECHE, indicado lo siguiente:

4/8/2026

“En este sentido, debe entenderse que la leche de producción nacional, descremada y semidescremada, se encuentra gravada con 0% de IVA a menos que, además del proceso físico de separación de la grasa láctea, sea sometida a otros procesos que modifiquen su naturaleza, tales como: inclusión de aditivos, enzimas, saborizantes o frutas, en cuyo caso gravarán 15% de IVA (tarifa vigente).

Por otra parte, debe entenderse que se grava la tarifa 15% de IVA en la transferencia de panes que no se adecuen a la definición o requisitos previstos en el numeral 3 de la Norma Técnica Ecuatoriana 2945, emitida por el INEN.”

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